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MARTIN ENRIQUE JORGE c/ ANSES s/REAJUSTES VARIOS

El actor reclamó reajustes de su prestación previsional. La Cámara Federal de la Seguridad Social revocó parcialmente la sentencia de primera instancia y ordenó el pago de diferencias por la aplicación de la movilidad suspendida.

Intereses Inconstitucionalidad Movilidad jubilatoria Topes Precedente villanustre Reajuste prestacion previsional

Reajustes de la prestación previsional

¿Qué se resolvió?

La Cámara revocó parcialmente la sentencia de primera instancia. Ordenó al ANSES que reajuste la prestación del actor a enero de 2021 con la diferencia entre lo percibido por decretos que suspendieron la movilidad y lo que le hubiera correspondido por la ley suspendida, para los meses de enero y febrero 2021. Luego se aplicará la nueva ley 27.609. Difirió el tratamiento sobre la aplicación del precedente "Villanustre". Confirmó lo demás apelado.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

La Cámara declaró la inconstitucionalidad del art. 9 inc. 3 de la Ley 24.463 en caso de que la aplicación de topes genere una quita superior al 15% del haber. Respecto a la Ley 27.541 y 27.609, consideró que el actor no acreditó un perjuicio concreto, por lo que no corresponde declararlas inconstitucionales. Los intereses se calcularán conforme la tasa pasiva del BCRA.

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