SENA AZURICA LISETT MANON c/ ANSES s/REAJUSTES VARIOS
La actora demandó reajustes de su prestación previsional. La Cámara Federal de la Seguridad Social confirmó la sentencia, con el alcance de que la comparación para determinar la posible confiscatoriedad del haber debe realizarse sobre el total del haber inicial que percibe el titular.
Reajustes de la prestación previsional
¿Qué se resolvió?
La Cámara Federal de la Seguridad Social confirmó la sentencia apelada, con el alcance de que la comparación para determinar la posible confiscatoriedad del haber debe realizarse sobre el total del haber inicial que percibe el titular. La Cámara señaló que los jueces no están obligados a seguir exhaustivamente todas las argumentaciones de las partes, sino solo aquellas que resulten esenciales para la justa dilucidación del litigio. Respecto al agravio sobre la actualización de la PBU, la Cámara remitió a los precedentes de la Corte Suprema "Quiroga", "Sandoval" y "Pichersky", donde se estableció que debe analizarse en la etapa de ejecución de sentencia la incidencia de la falta de incrementos de uno de los componentes de la jubilación sobre el total del haber inicial y si ello produce una merma confiscatoria. Asimismo, la Cámara indicó que este análisis debe realizarse tomando como parámetro el haber inicial total que perciba el beneficiario, es decir, si el componente PC y PAP no fueron reajustados, ese será el parámetro para determinar la confiscatoriedad que habilita la recomposición del haber de la PBU. Respecto al agravio sobre la exención del impuesto a las ganancias, la Cámara destacó el criterio de la Corte Suprema en "García, María Isabel", donde se resaltó la naturaleza social de este reclamo y la necesidad de garantizar la igualdad real de oportunidades y trato a favor de los jubilados como grupo vulnerable.
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