Logo

LEMOS CAROLINA c/ ANSES s/REAJUSTES VARIOS

La actora reclamó reajustes previsionales. La Cámara Federal de la Seguridad Social confirmó parcialmente la sentencia, aplicando los parámetros de movilidad establecidos por la Corte Suprema.

Costas Prescripcion Tasa pasiva Movilidad Reajustes previsionales

Reajustes previsionales

¿Qué se resolvió?

La Cámara Federal de la Seguridad Social hizo lugar parcialmente al recurso de apelación. Confirmó la aplicación de la prescripción bienal dispuesta por el art. 82 de la Ley 18.037, la aplicación de la tasa pasiva, y la distribución de costas. En disidencia, una jueza consideró que la movilidad debe aplicarse conforme a la Ley 26.425, a partir de su entrada en vigencia.

¿Cuáles son los fundamentos principales?


- La Corte Suprema ha establecido que corresponde al Estado el deber de asegurar la adecuada movilidad de las prestaciones previsionales (precedente "Deprati").
- Procede el reajuste conforme los parámetros dispuestos en "Badaro" hasta enero de 2007 y luego la aplicación de la Ley 26.198, decretos 1346/07, 279/08 y leyes 26.417, 27.426, 27.609 y modificatorias.
- La defensa de prescripción bienal del art. 82 de la Ley 18.037 es procedente.
- En disidencia, una jueza considera que la movilidad debe aplicarse conforme la Ley 26.425, a partir de su entrada en vigencia.

Buscá fallos judiciales y jurisprudencia relevante para tu caso

Accedé a la base de datos más completa de jurisprudencia argentina. Encontrá sentencias de todos los fueros y jurisdicciones, con análisis detallado y keywords relevantes.

Comenzar