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PROSPERO JORGE LUIS c/ ANSES s/REAJUSTES VARIOS

El actor promovió demanda por reajustes de su haber previsional. La Cámara Federal de la Seguridad Social revocó parcialmente la sentencia de primera instancia y ordenó al ANSES que reajuste el haber conforme a los criterios establecidos.

Seguridad social Prestacion basica universal Ley 27 426 Aportes autonomos Reajuste haber previsional


¿Quién es el actor?

PROSPERO JORGE LUIS

¿A quién se demanda?

ANSES

¿Cuál es el objeto del reclamo?

Reajuste del haber previsional

¿Qué se resolvió?

Se revoca parcialmente la sentencia de primera instancia. Se declara la inconstitucionalidad del art. 2 de la Ley 27.426. Se ordena al ANSES que reajuste el haber del actor a enero 2021 con la diferencia entre lo percibido por los decretos de emergencia y la movilidad que le hubiera correspondido por la Ley 27.426, y a partir de marzo 2021 se aplique la movilidad de la Ley 27.609.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

La Cámara consideró que el Decreto 807/16 es inconstitucional por invadir facultades del Congreso para establecer índices de actualización. Respecto a la Prestación Básica Universal, no corresponde limitar su actualización a una fecha de adquisición del beneficio. En cuanto a la Ley 27.426, se declara su inconstitucionalidad. Para los aportes autónomos, se debe aplicar el criterio de la CSJN en "Makler".

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