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LIFORENA JORGE EDUARDO c/ ANSES s/REAJUSTES VARIOS

El actor promovió demanda por reajuste de su prestación previsional. La Cámara Federal de la Seguridad Social modificó parcialmente la sentencia de primera instancia y estableció los criterios para actualizar los montos de las cotizaciones del beneficiario.

Seguridad social Trabajador autonomo Ley 24 241 Indices de actualizacion Pbu Ley 26 417 Reajuste de prestacion Resolucion 3 2021 Resolucion 6 2009 Actualizacion de cotizaciones


¿Quién es el actor?

LIFORENA JORGE EDUARDO

¿A quién se demanda?

ANSES

¿Cuál es el objeto del reclamo?

Reajuste de prestación previsional

¿Qué se resolvió?

La Cámara revocó parcialmente la sentencia apelada y estableció los siguientes criterios:
- Respecto a la actualización de la PBU, debe efectuarse el análisis en la etapa de ejecución de sentencia, considerando el índice de salarios del INDEC y los aumentos generales previstos en diversas leyes.
- Para las cotizaciones previas a julio de 1994, se deben considerar todos los años aportados como trabajador independiente, sin limitarse a los últimos 15 años.
- Para el período 1994-2001, no corresponde actualización por falta de variaciones salariales significativas.
- Para 2002-2006, se utilizará el índice "Badaro" para corregir la distorsión por falta de aumentos.
- A partir de 2007, se aplicarán los aumentos generales previstos en diversas normas.
- Para las cotizaciones posteriores a 2009, se aplicará el método de ajuste del art. 32 de la Ley 26.417.
- Los aportes mediante plan de facilidades de pago no serán actualizados.
- El análisis de los topes de la Resolución 6/2009 y 3/2021 se diferirá para la etapa de ejecución.
- Se imponen las costas por su orden en la alzada.

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