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CORTES MARIA ISABEL c/ ANSES s/REAJUSTES VARIOS

La actora impugnó la suspensión de la movilidad jubilatoria. La Cámara ordenó al organismo previsional abonar diferencias durante enero y febrero de 2021, pero confirmó la aplicación de la nueva ley a partir de marzo.

Inconstitucionalidad Seguridad social Emergencia economica Movilidad Ley 27 541 Reajuste jubilatorio Ley 27 609

¿Qué se resolvió en el fallo?

La actora, María Isabel Cortes, demandó a ANSES por reajustes jubilatorios. El juez de primera instancia hizo lugar a la demanda. La Cámara Federal de la Seguridad Social, Sala II, revocó parcialmente la sentencia apelada. Ordenó a ANSES abonar las diferencias entre la movilidad percibida y la que correspondía aplicar, pero sólo para los meses de enero y febrero de 2021. A partir de marzo de 2021 en adelante, se aplicará la nueva ley 27.609 vigente. Los jueces Carnota y Dorado votaron por esta solución. El juez Fantini adhirió parcialmente, confirmando lo resuelto en primera instancia sobre la inconstitucionalidad de la ley 27.541, pero modificando la imposición de costas.

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