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AVILA, MERCEDES DEL VALLE c/ ANSES s/RETIRO POR INVALIDEZ (ART 49 P.4. LEY 24,241)

La actora apeló el dictamen de la Comisión Médica Central que desestimó su solicitud de pensión por invalidez. La Cámara Federal de la Seguridad Social confirmó el rechazo al considerar que la incapacidad de la recurrente no alcanza el porcentaje legal requerido.

Incapacidad Seguridad social Cuerpo medico forense Ley 24 241 Pension por invalidez Comision medica central


¿Quién es el actor?

AVILA, MERCEDES DEL VALLE

¿A quién se demanda?

ANSES

¿Cuál es el objeto del reclamo?

Reclamo de pensión por invalidez (art. 49, Ley 24.241)

¿Qué se resolvió?

Se confirma el dictamen de la Comisión Médica Central que estimó que la incapacidad de la recurrente no alcanza el porcentaje previsto en el art. 48 inc. a) de la Ley 24.241 para obtener la pensión.

¿Cuáles son los fundamentos principales?


- La Sala dispuso la remisión de las actuaciones al Cuerpo Médico Forense, cuyo informe técnico determinó que las patologías de la recurrente provocan una incapacidad del 46,42% al 15/07/2022, porcentaje que no alcanza el mínimo legal requerido.
- La Cámara aplicó el criterio de interpretación objetivo establecido por la Corte Suprema en el precedente "Sosa" (Fallos 340:2021).
- Se consideró que el dictamen pericial cumple con los requisitos legales y tiene plena eficacia probatoria.
- En virtud de los arts. 48, 49 y 53 de la Ley 24.241, correspondía confirmar lo decidido por la Comisión Médica Central.

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