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ALARCON HUGO CESAR Y OTRO c/ CAJA DE RETIROS JUBILAC.Y PENS.DE LA POLICIA FEDERAL Y OTRO s/PERSONAL MILITAR Y CIVIL DE LAS FFAA Y DE SEG

La Cámara Federal de la Seguridad Social confirma el reconocimiento del derecho de la parte actora a percibir los suplementos creados por el decreto 1307/12 y sus modificatorias.

Costas Seguridad social Suplementos remunerativos Tasa de interes pasiva Haberes de personal militar en pasividad

¿Qué se resolvió en el fallo?

Los actores, Hugo César Alarcón y otro, demandaron a la Caja de Retiros, Jubilaciones y Pensiones de la Policía Federal y a la Prefectura Naval Argentina a fin de que se les reconozca el derecho a percibir los suplementos creados por el decreto 1307/12 y sus modificatorias. La Cámara Federal de la Seguridad Social confirmó la sentencia de primera instancia, estableciendo que los suplementos en cuestión tienen carácter remunerativo y bonificable, por lo que deben ser reflejados en los haberes del personal militar en pasividad. Citó al precedente "Camejo, Ricardo Esteban y otros c/ EN – M Seguridad
- PNA s/ Personal Militar y Civil de las FFAA y de Seg" de la CSJN. Respecto a la tasa de interés, la Cámara confirmó que corresponde aplicar la tasa pasiva mensual que publica el Banco Central. Se desestimaron los agravios de las partes contra las costas y los honorarios.

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