VALLEJOS IGNACIO JOSE c/ PREFECTURA NAVAL ARGENTINA Y OTRO s/PERSONAL MILITAR Y CIVIL DE LAS FFAA Y DE SEG
El demandante reclama incorporación en el haber de retiro de un adicional. La Cámara Federal de la Seguridad Social confirma la decisión de primera instancia que hizo lugar parcialmente a la demanda.
Incorporación en el haber de retiro del adicional previsto por el decreto 1307/12 y sus modificatorios
- Decisión: La Cámara Federal de la Seguridad Social confirmó la sentencia de primera instancia que hizo lugar parcialmente a la demanda.
La Cámara consideró que los suplementos creados por el decreto 1307/12 no reúnen las características de "suplementos particulares", sino que constituyen un aumento en la remuneración general del personal en actividad, por lo que deben ser trasladados al haber de retiro. Este criterio se basa en la jurisprudencia de la Corte Suprema de Justicia de la Nación que establece que cuando una asignación otorgada al personal en actividad de las Fuerzas Armadas o de Seguridad revista carácter general, debe ser trasladada al haber de retiro.
Respecto a la prescripción, la Cámara desestimó el planteo de la demandada y aplicó el plazo de 2 años previsto en la ley 23.627.
También desestimó el planteo sobre la forma de cumplimiento de la condena.
Finalmente, la Cámara confirmó la imposición de costas a la demandada, en línea con la doctrina de la Corte Suprema.
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