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DEMASI JOSE ANTONIO c/ ANSES s/AMPAROS Y SUMARISIMOS

La actora promovió acción de amparo para que se le abone la diferencia entre su haber previsional y el haber mínimo garantizado. La Cámara Federal de la Seguridad Social confirmó la sentencia que hizo lugar a la acción.

Seguridad social Amparo Progresividad Principio pro homine Desigualdad Haber minimo


- Actora: DEMASI JOSE ANTONIO
- Demandado: ANSES
- Objeto de la demanda: Que se le abone la diferencia entre su haber previsional y el haber mínimo garantizado
- Decisión del tribunal: La Cámara confirmó la sentencia que hizo lugar a la acción de amparo. Fundamentos principales:
- La Corte Suprema ha sostenido que la acción de amparo procede cuando la reconducción a la vía ordinaria implicaría privar al accionante de un medio para su subsistencia, causándole un gravamen de difícil reparación ulterior.
- Si bien el art. 2 de la ley 16.986 establece un plazo de caducidad, la Corte ha expresado que este no puede constituir un impedimento insalvable cuando se enjuicia una arbitrariedad o ilegalidad periódica o continuada.
- Respecto al fondo, el actor había optado por el sistema de capitalización, por lo que quedó excluido de la garantía del haber mínimo. Esto lo coloca en una situación de desigualdad que atenta contra las garantías constitucionales.
- Tras la unificación del sistema previsional público por la ley 26.425, la voluntad del legislador de otorgar "iguales o mejores prestaciones" implica que se debe ajustar a las directivas de "mejores prestaciones", como es el caso del haber mínimo garantizado.

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