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GALLARDO SEREY FERNANDEZ GLADYS DE FATIM c/ ANSES s/AMPAROS Y SUMARISIMOS

La actora reclamó la inconstitucionalidad de normas sobre el Plan de Pago de Deuda Previsional, pero la Cámara Federal de la Seguridad Social confirmó el rechazo de la acción de amparo.

Interpretacion restrictiva Inconstitucionalidad Moratoria previsional Ley 27 705 Plan de pago de deuda previsional Incompatibilidad de prestaciones


- Actor: Gladys de Fatim Gallardo Serey Fernández
- Demandado: ANSES
- Objeto: Declarar la inconstitucionalidad de los arts. 9 y 12 de la Ley 27.705 -Plan de Pago de Deuda Previsional-, de la Resolución General Conjunta AFIP-ANSES 5345/2023, y de la Circular Prev. ANSES 11-71/23.
- Decisión: La Cámara confirmó el rechazo de la acción de amparo. Señaló que la Ley 27.705 establece un régimen excepcional y transitorio dirigido a personas en situación de vulnerabilidad, y que la interpretación de estas leyes debe ser restrictiva. Consideró que no se configuraron agravios que justifiquen apartarse de la normativa cuestionada, ya que la ley define las condiciones de otorgamiento y la actora cobra una prestación por encima del mínimo legal. Principales fundamentos:
- Las moratorias previsionales son disposiciones excepcionales otorgadas por el Estado considerando aspectos socioeconómicos, por lo que su interpretación debe ser restrictiva.
- La garantía constitucional de igualdad no impide que las leyes contemplen en forma distinta situaciones diferentes, siempre que la discriminación no sea arbitraria.
- La declaración de inconstitucionalidad de leyes debe ser considerada "ultima ratio" del orden jurídico, procediendo sólo cuando la repugnancia con la Constitución sea manifiesta, clara e indudable.

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