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VAZQUEZ FALCONIER MARIA VICTORIA c/ ANSES s/REAJUSTES VARIOS

La demandante recurrió la sentencia de primera instancia. La Cámara Federal de la Seguridad Social modificó parcialmente la sentencia de grado y ordenó la actualización de las remuneraciones utilizadas para el cálculo del haber inicial.

Reajuste previsional Remuneraciones Aportes autonomos Prestacion basica universal Inconstitucionalidad


- Actor: María Victoria Vázquez Falconier
- Demandado: ANSES
- Objeto: Reajuste de prestación previsional
- Decisión: La Cámara revocó parcialmente la sentencia de primera instancia. Declaró la inconstitucionalidad del método de actualización de remuneraciones dispuesto por el art. 4 de la Ley 27.609 y ordenó la actualización de las remuneraciones anteriores al 31/3/1991 con el índice ISBIC. Confirmó lo demás resuelto en la instancia anterior. Los fundamentos principales fueron:
- Las remuneraciones anteriores al 31/3/1991 deben actualizarse con el índice ISBIC dispuesto por la CSJN, ya que la Ley 27.426 no prevé un índice de recomposición salarial para los períodos anteriores a esa fecha.
- Respecto a los aportes autónomos, corresponde aplicar la doctrina de la CSJN en "Makler" y calcular el haber considerando todos los años y categorías efectivamente aportados.
- En cuanto a la Prestación Básica Universal, su actualización deberá analizarse al momento de la ejecución de sentencia, conforme el precedente "Quiroga".

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