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REYES IRMA SUSANA c/ MINISTERIO DE DEFENSA s/PERSONAL MILITAR Y CIVIL DE LAS FFAA Y DE SEG

El actor promovió demanda para que se lo reconozca como "Veterano de Malvinas" y se le otorgue la pensión honorífica correspondiente. La Cámara Federal de la Seguridad Social confirmó la sentencia de primera instancia que hizo lugar a la demanda.

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Reconocimiento como "Veterano de Malvinas" de DOMINGO JARA y otorgamiento de la pensión honorífica correspondiente
- Decisión: Se confirmó la sentencia de primera instancia que hizo lugar a la demanda. Fundamentos:
- Si bien DOMINGO JARA no participó en combates directos, desarrolló funciones de apoyo y logística crucial para las operaciones bélicas desde la Base Aérea Militar de Río Gallegos, dentro de la zona de despliegue continental.
- La ley 23.848 y 24.892 no exigen haber entrado efectivamente en combate, sino haber estado destinado en el Teatro de Operaciones Malvinas (TOM) o Teatro de Operaciones del Atlántico Sur (TOAS) entre el 2/4 y 14/6 de 1982.
- La labor de JARA, si bien no fue de combate directo, fue fundamental para el apoyo logístico de las operaciones, por lo que corresponde reconocerlo como "Veterano de Malvinas".
- Los precedentes de la Corte Suprema señalan que deben evaluarse las condiciones subjetivas en cada caso para determinar el carácter de "veterano de guerra".

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