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MONTEVERDE, OSVALDO OSCAR c/ ANSES s/RETIRO POR INVALIDEZ (ART 49 P.4. LEY 24,241)

El actor solicitó el beneficio de jubilación por invalidez, el que fue denegado en primera instancia. La Cámara Federal de la Seguridad Social modificó la decisión y reconoció el derecho al beneficio.

Incapacidad Cuerpo medico forense Jubilacion por invalidez Ley 24 241

Jubilación por invalidez (art. 49 p.4. Ley 24.241)

¿Qué se resolvió?

La Cámara revocó el dictamen de la Comisión Médica Central y reconoció que el actor se encuentra incapacitado en los términos del art. 48 de la Ley 24.241, ordenando el pago del beneficio. Los fundamentos principales de la decisión fueron:
- El dictamen del Cuerpo Médico Forense, consentido por las partes, acreditó que el actor presenta un porcentaje de incapacidad del 66,74% de la total obrera, cumpliendo con los requisitos del art. 48 de la Ley 24.241 para obtener la jubilación por invalidez.
- Los integrantes del Cuerpo Médico Forense son auxiliares de la justicia y su informe constituye un asesoramiento técnico con imparcialidad y corrección aseguradas.

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