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CALISAYA CIRO EUSEBIO c/ ANSES s/REAJUSTES VARIOS

El actor demandó a ANSES por reajustes de su prestación. La Cámara Federal de la Seguridad Social modificó parcialmente la sentencia y dejó sin efecto lo decidido sobre la aplicación de los arts. 9 y 25 de la Ley 24.241.

Seguridad social Movilidad Ley 24 241 Ley 26 417 Reajuste de haber jubilatorio Tope de aportes


¿Quién es el actor?

CALISAYA CIRO EUSEBIO

¿A quién se demanda?

ANSES

¿Cuál es el objeto del reclamo?

Reajuste del haber inicial y movilidad posterior de la prestación

¿Qué se resolvió?

La Cámara Federal de la Seguridad Social:
- Confirmó el recálculo del haber inicial dispuesto en primera instancia, debiendo actualizarse las remuneraciones devengadas hasta 2/09 conforme al criterio de "Elliff" y a partir de 3/09 según la Ley 26.417.
- Dejó sin efecto lo resuelto respecto a la aplicación de los arts. 9 y 25 de la Ley 24.241, al no exceder el actor el tope de 35 años de aportes.
- Difirió para la etapa de ejecución el tratamiento de los agravios sobre la aplicación de topes de haberes.
- Confirmó lo demás que fue materia de agravios.

¿Cuáles son los fundamentos principales?


- El criterio establecido por la CSJN en "Elliff" y "Blanco" debe observarse para la actualización de las remuneraciones devengadas hasta 2/09.
- A partir de 3/09 rige la Ley 26.417 para la actualización.
- Las disposiciones de los arts. 9 y 25 de la Ley 24.241 no resultan aplicables al caso, al no superar el actor el tope de 35 años de aportes.
- Se difiere para la etapa de ejecución el tratamiento de los agravios sobre aplicación de topes de haberes.

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