FRIAS NICOLAS c/ ANSES s/REAJUSTES VARIOS
El actor reclamó la revisión de su haber jubilatorio inicial y movilidad posterior. La Cámara Federal de la Seguridad Social modificó la sentencia de primera instancia y ordenó el recálculo del haber inicial de acuerdo a criterios específicos.
Revisión del haber inicial jubilatorio y movilidad posterior
- Decisión:
- Se desestiman los cuestionamientos de ANSES sobre el recálculo del haber inicial, debiendo aplicarse los criterios de la CSJN en "Elliff" y "Blanco".
- Se difiere el análisis de la revisión de la Prestación Básica Universal (PBU) para la etapa de ejecución, conforme jurisprudencia de la CSJN.
- Se revoca lo resuelto sobre costas, debiendo imponerse al vencido si resultan sumas a favor del actor, o en el orden causado si no.
- Se confirma la sentencia en lo demás que fue materia de agravios.
Fundamentos principales:
- Respecto al recálculo del haber inicial, se deben observar los lineamientos establecidos por la CSJN en "Elliff" y "Blanco".
- La cuestión vinculada a la determinación del valor de la PBU debe diferirse para la etapa de ejecución, conforme "Quiroga".
- La movilidad introducida por la Ley 27.426 es aplicable a partir del 1/3/2018, sin que se haya acreditado una quita en el monto del haber.
- No se evidencia irrazonabilidad en las medidas adoptadas por el Congreso y el Poder Ejecutivo respecto a la emergencia y la movilidad, por lo que no corresponde declarar su inconstitucionalidad.
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