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MEJIAS, MARIA DE LAS MERCEDES c/ ANSES s/RETIRO POR INVALIDEZ (ART 49 P.4. LEY 24,241)

La actora apeló decisión de Comisión Médica que consideró no acreditado el requisito de invalidez para acceder al retiro definitivo por invalidez. La Cámara Federal de la Seguridad Social confirmó el reconocimiento de incapacidad laborativa a los fines previsionales del 64,94%.

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¿Qué se resolvió en el fallo?

La Sra. María de las Mercedes Mejías promovió recurso de apelación contra el dictamen de la Comisión Médica Central que consideró no acreditado el requisito de invalidez exigido por la normativa vigente para acceder al beneficio de retiro definitivo por invalidez (art. 50 ley 24241). El Tribunal analizó que, de acuerdo a lo dispuesto por el art. 49 punto 4 de la ley 24241, el Cuerpo Médico Forense produjo un informe que concluye reconociendo la existencia de una incapacidad laborativa a los fines previsionales del 64,94%. El informe fue considerado válido y determinante de la verdad jurídica objetiva que permite decidir la cuestión planteada, en concordancia con la jurisprudencia de la CSJN. Por ello, el Tribunal resolvió declarar formalmente admisible el recurso intentado y confirmar lo resuelto por la Comisión Médica Central.

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