TRABONI PEDRO OSCAR Y OTROS c/ ESTADO NAC MIN DE DEF S PERSONAL MIL Y CIV s/PERSONAL MILITAR Y CIVIL DE LAS FFAA Y DE SEG
Veteranos de la Guerra de Malvinas promovieron demanda reclamando beneficios previsionales. La Cámara Federal de la Seguridad Social revocó parcialmente la sentencia de primera instancia y estableció los alcances de la indemnización y la retroactividad de los beneficios.
Pensión Graciable (Ley 24.310), Subsidio Extraordinario (Ley 22.674) e Indemnización (Ley 19.101)
¿Qué se resolvió?
La Cámara revocó parcialmente la sentencia de primera instancia. Confirmó el derecho a los beneficios pero modificó los montos y la retroactividad. Estableció que el subsidio extraordinario de la Ley 22.674 debe abonarse desde el 2 de abril de 1982, mientras que la indemnización de la Ley 19.101 debe liquidarse desde la fecha de baja de los actores. Respecto a la Ley 24.310, fijó una retroactividad de 5 años previos al reclamo administrativo.
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