FIDALGO MIRTA SILVIA Y OTROS c/ SERVICIO PENITENCIARIO FEDERAL s/PERSONAL MILITAR Y CIVIL DE LAS FFAA Y DE SEG
Los activos del Servicio Penitenciario Federal reclamaron el pago del Suplemento por Antigüedad de Servicios en el porcentaje previo al Decreto 586/2019. La Cámara Federal de la Seguridad Social revocó la sentencia de primera instancia y rechazó la demanda.
Pago del Suplemento por Antigüedad de Servicios conforme al porcentaje previo al Decreto 586/2019
¿Qué se resolvió?
La Cámara revocó la sentencia de primera instancia y rechazó la demanda. La Cámara analizó que la ley aplicable reconoce al personal retirado la percepción de un haber equivalente al último sueldo, pero que el mismo no puede ser inferior al 82% de la remuneración que percibe el personal en actividad. En el caso, si bien se redujo el porcentaje del Suplemento por Antigüedad de Servicios, ello debe analizarse en el contexto de las modificaciones generales al régimen salarial realizado por el Decreto 586/2019, que elevó el haber mensual de cada grado. Por ende, no se vislumbra una reducción confiscatoria de los haberes. La Cámara consideró que las decisiones sobre la fijación de los sueldos de los agentes públicos son facultad del Poder Ejecutivo, sin que los jueces puedan sustituirlo en la valoración de oportunidad, mérito o conveniencia. Por lo tanto, revocó la sentencia y rechazó la demanda.
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