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ALCARAZ JOSE LUIS Y OTROS c/ CAJA DE RETIROS JUBILAC.Y PENS.DE LA POLICIA FEDERAL s/PERSONAL MILITAR Y CIVIL DE LAS FFAA Y DE SEG

El personal policial demandó el reconocimiento de carácter remunerativo y bonificable de suplementos creados por decreto. La Cámara Federal de la Seguridad Social confirmó que dichos suplementos deben incorporarse al haber mensual.

Seguridad social Policia federal argentina Haber mensual Prescripcion bienal Suplementos remunerativos y bonificables


¿Quién es el actor?

Personal policial (Alcaraz José Luis y otros)

¿A quién se demanda?

Caja de Retiros, Jubilaciones y Pensiones de la Policía Federal

¿Cuál es el objeto del reclamo?

Reconocimiento del carácter remunerativo y bonificable de suplementos creados por decreto (380/17 y 463/17) para el personal de la Policía Federal Argentina.

¿Qué se resolvió?

La Cámara Federal de la Seguridad Social confirmó la sentencia de primera instancia que hizo lugar a la demanda. Consideró que los suplementos "Función Policial Operativa" y "Función Técnica de Apoyo" revestían carácter general, remunerativo y bonificable, por lo que debían incorporarse al haber mensual de los actores.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

La Cámara se basó en la normativa de la Ley 21.965 que establece que el personal en actividad percibirá el sueldo básico, suplementos particulares y compensaciones. Citó jurisprudencia de la CSJN en "Bosso" y "Di Nanno" que respaldaron el mismo criterio. Además, aplicó la doctrina sobre el plazo de prescripción bienal para el reclamo de haberes previsionales devengados con posterioridad a la solicitud del beneficio.

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