BARRIOS PEDRO Y OTRO c/ MINISTERIO DE DEFENSA s/PERSONAL MILITAR Y CIVIL DE LAS FFAA Y DE SEG
Los actores demandaron el otorgamiento de la pensión de guerra por su participación en el conflicto de Malvinas, pero la Cámara Federal de la Seguridad Social confirmó el rechazo de la demanda al considerar que no cumplían con los requisitos legales establecidos.
Otorgamiento de pensión de guerra por participación en conflicto de Malvinas
¿Qué se resolvió?
Se rechaza el reclamo y se confirma la sentencia de primera instancia La Cámara Federal de la Seguridad Social analizó que si bien los actores fueron calificados como "veteranos de guerra" por la Fuerza Aérea, la ley 23.848 establece requisitos específicos para acceder a la pensión, como haber estado destinados en el Teatro de Operaciones Malvinas (TOM) o entrado efectivamente en combate en el Teatro de Operaciones del Atlántico Sur (TOAS). Los actores prestaron servicios en la "Zona de Despliegue Continental", fuera de la jurisdicción del TOM y TOAS, por lo que no cumplen con los requisitos geográficos establecidos en la ley. Además, no se acreditó que hayan estado en situación de "riesgo de combate" que pudiera considerarse sustitutiva de la efectiva entrada en combate. Por lo tanto, la Cámara consideró que la prueba rendida no conducía a la convicción de que mediaran presupuestos suficientes para apartarse de los términos de la ley que instituyó la pensión de guerra, por lo que correspondía confirmar el rechazo de la declaración de inconstitucionalidad formulada por el juez de primera instancia.
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