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ARANDA JUAN NICOLAS c/ ANSES s/REAJUSTES VARIOS

El actor inició demanda por reajuste de su prestación previsional. La Cámara Federal de la Seguridad Social revocó parcialmente la sentencia de primera instancia y ordenó el pago de diferencias por aplicación de la movilidad suspendida.

Inconstitucionalidad Movilidad Ley 24 241 Ley 27 541 Reajuste previsional Ley 27 426


¿Quién es el actor?

ARANDA JUAN NICOLAS

¿A quién se demanda?

ANSES

¿Cuál es el objeto del reclamo?

Reajuste de prestación previsional

¿Qué se resolvió?

La Cámara revocó parcialmente la sentencia de primera instancia. Declaró la inconstitucionalidad del art. 2 de la Ley 27.426 y ordenó el pago de diferencias por aplicación de la movilidad suspendida solo en los meses de enero y febrero de 2021. Confirmó lo demás decidido. Difirió el tratamiento de la inconstitucionalidad del art. 26 de la Ley 24.241 para la etapa de ejecución. Los fundamentos principales fueron:
- La Corte Suprema en "Blanco" declaró inválida la resolución que aplicaba un índice de actualización, por corresponder al Congreso establecer el índice. Por ello, corresponde analizar la validez constitucional del Decreto 807/16 conforme a los argumentos de "Blanco".
- Respecto a la actualización de la Prestación Básica Universal, se aplicará el índice de "Badaro" y los aumentos por leyes y decretos hasta la fecha de adquisición del beneficio o la sanción de la Ley 26.417.
- Se declara la inconstitucionalidad del art. 2 de la Ley 27.426, siguiendo los precedentes "Pérez" y "Colman Torales".
- Se confirma lo resuelto en primera instancia en cuanto al planteo de inconstitucionalidad de la Ley 27.541 y decretos, remitiéndose a los precedentes "Torelli", "Rojas" y "Carabajal".

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