ROLDAN MARTINA c/ MINISTERIO DE SEGURIDAD Y OTRO s/PERSONAL MILITAR Y CIVIL DE LAS FFAA Y DE SEG
La actora promovió demanda contra el Estado Nacional por la inconstitucionalidad del Decreto 679/97 que aumentó los aportes previsionales de los pasivos de Gendarmería Nacional. La Cámara Federal de la Seguridad Social confirmó la declaración de inconstitucionalidad de dicho decreto.
¿Qué se resolvió en el fallo?
La actora Roldan Martina demandó al Ministerio de Seguridad y otro, solicitando la declaración de inconstitucionalidad del Decreto 679/97 que elevó los aportes previsionales de los pasivos de Gendarmería Nacional al 11%. La Cámara Federal de la Seguridad Social confirmó la sentencia de primera instancia que había hecho lugar a la demanda. Señaló que la Corte Suprema de Justicia de la Nación en el precedente "Pino, Seberino y otros" había declarado inconstitucional el Decreto 679/97, por lo que correspondía aplicar dicha doctrina. Además, confirmó la imposición de costas a la demandada vencida y fijó un plazo para el cumplimiento de la sentencia. Fundamentos relevantes: "A su vez, desestimó los planteos que alegaban una afectación del derecho de igualdad en perjuicio de los agentes pasivos de Gendarmería Nacional sujetos a una deducción especial en virtud de la ley atacada. Consideró que el sistema para el cálculo y movilidad de los haberes de los beneficiarios del SIPA es diferente y por lo tanto no se haya configurada la existencia de excepciones o privilegios que "excluyan a unos de lo que se concede a otros en idénticas circunstancias", extremo que habilitaría entender se encuentra lesionada la garantía de igualdad del art. 16 de la Constitución Nacional." "A distinta solución arribó la Corte Suprema en lo concerniente al Decreto 679/97, por mayoría sostuvo que los fundamentos expresados por el Poder Ejecutivo Nacional para justificar la aplicación del art. 99, inc. 3, de la Constitución Nacional revelaban en realidad la voluntad de modificar de forma permanente el sistema previsional de la Gendarmería Nacional con el dictado del decreto impugnado. En tales condiciones, conforme las pautas fijadas en el caso "Verrocchi" (Fallos: 322:1726) no se encontraban satisfechos los recaudos constitucionales para el ejercicio legítimo por parte del Presidente de la Nación de las excepcionales facultades legislativas que, en principio le son ajenas."
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