ORELLANA ROA, NELSON ARMANDO c/ ANSES s/RETIRO POR INVALIDEZ (ART 49 P.4. LEY 24,241)
Jubilación por invalidez: La Cámara Federal de la Seguridad Social revoca la denegación y declara al peticionante incapacitado.
Jubilación por invalidez (art. 49 punto 4, ley 24.241)
¿Qué se resolvió?
La Cámara Federal de la Seguridad Social revoca el dictamen de la Comisión Médica Central que había denegado el beneficio, y declara que el peticionante se encuentra incapacitado en los términos del art. 48 de la Ley 24.241.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
- El informe médico pericial determinó que el actor presenta osteocondromatosis con múltiples tumores que limitan la movilidad de miembros superiores e inferiores, con dismetría de los miembros, concluyendo una incapacidad del 66,70% de la Total Obrera.
- El dictamen pericial reúne los recaudos de una correcta peritación médica, es fundado y determina con certeza el estado de salud, valorando objetivamente las constancias médicas.
- Las manifestaciones del organismo administrativo no logran rebatir científicamente los fundamentos de la pericia médica.
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