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MARCHIONE GABRIEL IGNACIO c/ ANSES s/REAJUSTES VARIOS

La actora reclamó que al monto de su renta vitalicia previsional se le adicione la cantidad necesaria para alcanzar el haber mínimo legal. La Cámara Federal de la Seguridad Social confirmó la decisión y ordenó a la ANSES abonar las diferencias para alcanzar dicho mínimo.

Renta vitalicia Seguridad social Integracion Anses Movilidad previsional Haber minimo


¿Quién es el actor?

MARCHIONE GABRIEL IGNACIO

¿A quién se demanda?

ANSES

¿Cuál es el objeto del reclamo?

Reclamó la integración del haber mínimo legal a su renta vitalicia previsional.

¿Qué se resolvió?

La Cámara confirmó la sentencia y ordenó a la ANSES abonar las diferencias necesarias para alcanzar el haber mínimo garantizado por ley. Fundamentos principales:
- La CSJN ha establecido que cuando el beneficio previsional financiado con fondos privados (renta vitalicia) no alcanza el mínimo legal, corresponde que el Estado integre dicha diferencia. Esto surge del art. 14 bis de la CN y de tratados internacionales.
- Por lo tanto, dado que el actor optó por el régimen de capitalización y renta vitalicia, y su monto no llega al mínimo, corresponde ordenar a la ANSES que realice dicha integración.
- Respecto a la movilidad de la renta vitalicia, la CSJN también ha establecido que el Estado debe asegurar su adecuada movilidad, por lo que se confirma lo decidido en este punto.

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