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LIFFOURRENA ALFREDO CARLOS c/ PREFECTURA NAVAL ARGENTINA Y OTRO s/PERSONAL MILITAR Y CIVIL DE LAS FFAA Y DE SEG

El actor promovió demanda para que se le incorporen al haber mensual los suplementos creados por los Decretos 1307/2012, 246/13 y 854/13. La Cámara Federal de la Seguridad Social confirmó la sentencia que hizo lugar a la demanda.

Remuneracion Seguridad social Haberes Decretos Fuerzas armadas y de seguridad Suplementos

Incorporar al haber mensual las acreencias emergentes de los Decretos 1307/2012, 246/13 y 854/13

¿Qué se resolvió?

Se hace lugar a la demanda y se ordena incorporar los suplementos al haber mensual del actor La Cámara consideró que los suplementos creados por los decretos mencionados tienen carácter "general", "remunerativo" y "bonificable", por lo que deben incorporarse al haber mensual del actor, más allá de su denominación. Citó jurisprudencia de la CSJN que sostiene que toda asignación de carácter general u otorgada a la generalidad del personal en actividad, al integrar el sueldo, beneficia el haber del personal retirado.

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