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LEGUIZAMON, ABEL CARLOS c/ ANSES s/RETIRO POR INVALIDEZ (ART 49 P.4. LEY 24,241)

El afiliado apeló dictamen de la Comisión Médica Central sobre grado de invalidez. La Cámara Federal de la Seguridad Social confirmó el dictamen pericial que estableció un 51,62% de incapacidad laboral.

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¿Qué se resolvió en el fallo?

El actor, ABEL CARLOS LEGUIZAMON, apeló el dictamen de la Comisión Médica Central que evaluó su grado de invalidez en los términos del art. 49 punto 4 de la Ley 24.241. La Cámara Federal de la Seguridad Social, Sala 1, analizó el informe técnico del Cuerpo Médico Forense, que concluyó que las patologías del afiliado provocan una incapacidad del 51,62% a los fines previsionales. La Sala desestimó las objeciones del actor, al considerar que no se habían aportado fundamentos científicos que permitan desvirtuar el asesoramiento técnico de los auxiliares de la justicia, cuya imparcialidad está garantizada. En consecuencia, la Cámara confirmó el dictamen de la Comisión Médica Central y devolvió las actuaciones al organismo de origen.

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