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ORTIZ RICARDO ALFREDO c/ ANSES s/REAJUSTES VARIOS

El actor promovió demanda cuestionando la aplicación retroactiva de la ley 27.426 que modificó la fórmula de movilidad de los haberes jubilatorios. La Cámara Federal de la Seguridad Social confirmó la sentencia al considerar que la reforma normativa no afectaba derechos adquiridos.

Recurso de apelacion Retroactividad Seguridad social Derechos adquiridos Ley de emergencia Movilidad previsional


- Actor: ORTIZ RICARDO ALFREDO
- Demandado: ANSES
- Objeto: Cuestionar la aplicación retroactiva de la ley 27.426 que modificó la fórmula de movilidad de los haberes jubilatorios.
- Decisión: La Cámara Federal de la Seguridad Social rechazó el recurso de apelación y confirmó la sentencia de primera instancia.
- Fundamentos:
- La ley 27.426 modificó índices correspondientes a períodos ya transcurridos (julio-diciembre 2017), lo que implica una aplicación retroactiva de la norma.
- Sin embargo, dicha aplicación retroactiva no afecta derechos adquiridos o amparados por garantías constitucionales, ya que el derecho a la movilidad se devenga y otorga semestralmente (en marzo y septiembre), no de forma mensual.
- Por lo tanto, al entrar en vigencia la ley 27.426 antes del devengamiento de la movilidad de marzo 2018, no se vulnera el derecho de propiedad.
- Respecto a la inconstitucionalidad de la ley 27.541 de emergencia económica, la Sala considera que se cumplen los recaudos de validez de la normativa de emergencia fijados por la Corte Suprema.
- No corresponde reconocer diferencias por la aplicación de la ley 27.426 una vez finalizada la emergencia, ya que la ley 27.609 sustituyó el régimen de movilidad desde su entrada en vigor.

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