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ORTIZ OCAMPO SANTIAGO LORENZO c/ ANSES s/REAJUSTES VARIOS

El actor reclamó reajustes jubilatorios. La Cámara Federal de la Seguridad Social confirmó la sentencia de primera instancia, ordenando aplicar la movilidad prevista en el precedente Badaro y desestimando el planteo de inconstitucionalidad del sistema de topes.

Costas Inconstitucionalidad Movilidad Topes Jubilacion provincial transferida


¿Quién es el actor?

Santiago Lorenzo ORTIZ OCAMPO

¿A quién se demanda?

ANSES

¿Cuál es el objeto del reclamo?

Reajustes jubilatorios

¿Qué se resolvió?

Se confirmó la sentencia de primera instancia que hizo lugar parcialmente a la demanda, declarando inconstitucional el art. 9 de la Ley 24.463 para el supuesto que su aplicación provocara una merma superior al 15% en los haberes. Se ordenó el pago de las diferencias, con intereses, desde los 2 años previos al reclamo administrativo. La Cámara consideró que la transferencia del sistema previsional provincial al nacional implicó la derogación del régimen local y la sustitución por la movilidad de las Leyes 24.241 y 24.463. Por lo tanto, corresponde aplicar la doctrina del fallo "Badaro" para el periodo posterior a la entrada en vigor del Convenio de Transferencia. Asimismo, desestimó los agravios relativos a la inconstitucionalidad del art. 9 de la Ley 24.463, remitiendo a los precedentes "Actis Caporale" y "Rapisarda". En cuanto a las costas, se impusieron por su orden en ambas instancias.

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