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PITTO PATRICIA GLADYS c/ ANSES s/REAJUSTES VARIOS

La actora promovió demanda contra ANSES por reajustes en su haber previsional. La Cámara Federal de la Seguridad Social modificó la sentencia de primera instancia y rechazó la demanda, con el argumento de que la actora había celebrado un acuerdo transaccional homologado judicialmente.

Cosa juzgada Acuerdo transaccional Emergencia economica Ley 27 541 Ley 27 260 Ley 27 426 Movilidad previsional


- Actor: Patricia Gladys Pitto
- Demandado: ANSES
- Objeto: Reclamo por reajustes en el haber previsional
- Decisión: La Cámara revocó la sentencia de primera instancia y rechazó la demanda. Fundamentos:
- La actora había celebrado un acuerdo transaccional homologado judicialmente en el marco de la Ley 27.260, que tiene efecto de cosa juzgada.
- La Ley 27.260 dispone que una vez homologado, el acuerdo transaccional tiene efecto de cosa juzgada y pone fin al proceso judicial.
- El Código Civil y Comercial establece que la transacción es de interpretación restrictiva, por lo que no puede reabrirse lo ya acordado.
- Para el período posterior al acuerdo, corresponde aplicar la movilidad prevista en la Ley 27.426 y demás normativa reglamentaria, sin que pueda cuestionarse su constitucionalidad.
- Respecto a la Ley 27.541 de emergencia económica, esta Sala ya se expidió sobre su constitucionalidad en el precedente "Nievas".
- En cuanto a las costas, se imponen por su orden, tanto en primera instancia como en la alzada.

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