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BRECCIA, JUAN CARLOS c/ ANSES s/RETIRO POR INVALIDEZ (ART 49 P.4. LEY 24,241)

El actor reclamó una jubilación por invalidez, la que fue inicialmente denegada y luego otorgada por la Cámara Federal de la Seguridad Social tras revisar el dictamen médico.

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Jubilación por invalidez (art. 49 p.4 ley 24.241)
- Decisión: La Cámara Federal de la Seguridad Social revocó la decisión de la Comisión Médica Central que había denegado el beneficio, y declaró que el actor se encuentra incapacitado en los términos del art. 48 de la Ley 24.241. Fundamentos:
- El dictamen del Cuerpo Médico Forense determinó que el actor presenta una incapacidad del 66,55% de la total obrera, cumpliendo con los requisitos del art. 48 de la Ley 24.241 para obtener la jubilación por invalidez.
- El informe del Cuerpo Médico Forense reúne los recaudos necesarios de una correcta peritación médica, es fundado, determina con certeza el estado de salud y lo valora con seriedad y objetividad científica.
- Los integrantes del Cuerpo Médico Forense son auxiliares de la justicia, cuya imparcialidad y corrección están aseguradas.
- Las observaciones del organismo demandado no lograron rebatir en forma científica y técnica los fundamentos de la pericia médica.

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