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VILLALBA JULIO LUJAN c/ ANSES s/PERSONAL MILITAR Y CIVIL DE LAS FFAA Y DE SEG

El actor reclamó cobro de haberes de pensión de veterano de guerra desde 1982, la Cámara Federal de la Seguridad Social revocó la declaración de inconstitucionalidad del decreto que limitaba el pago a partir de la solicitud.

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Cobro de haberes de pensión de veterano de guerra desde el 2 de abril de 1982
- Decisión: La Cámara revocó la sentencia de primera instancia que había hecho lugar a la demanda y declarado inconstitucional el art. 5 del decreto 2634/90, que establecía que las pensiones se abonarían a partir de la solicitud del beneficio. La Cámara consideró que no corresponde retrotraer los efectos de la ley 23.848 al 2 de abril de 1982, ya que carecería de sustento normativo. Sostuvo que el beneficio es una prestación de la seguridad social que se otorga a partir del reconocimiento de la condición de veterano, por lo que el pago corresponde desde la solicitud y no de forma retroactiva. Principales fundamentos:
- El carácter previsional de la prestación surge del Decreto 2634/90 y de la jurisprudencia de la CSJN.
- Retrotraer los efectos de la ley 23.848 al 2 de abril de 1982 implicaría soslayar el principio de irretroactividad de la ley.
- La declaración de inconstitucionalidad es un acto de suma gravedad que debe ser considerada como última ratio.

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