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NOTO MARIO JOSE c/ MINISTERIO DE DEFENSA s/PERSONAL MILITAR Y CIVIL DE LAS FFAA Y DE SEG

Demanda por pensión graciable por participación en Malvinas; La Cámara Federal de la Seguridad Social revoca la sentencia de primera instancia y rechaza el reclamo por incompatibilidad con otro beneficio otorgado

Incapacidad Pension graciable Malvinas Ley 24 310 Incompatibilidad de beneficios


¿Quién es el actor?

NOTO MARIO JOSE

¿A quién se demanda?

MINISTERIO DE DEFENSA

¿Cuál es el objeto del reclamo?

Obtención de la pensión graciable vitalicia establecida por la ley 24.310

¿Qué se resolvió?

La Cámara Federal de la Seguridad Social revoca la sentencia de primera instancia que había hecho lugar a la demanda. Fundamenta que el actor ya percibe un beneficio de la misma naturaleza jurídica que el reclamado, por lo que su acumulación resulta incompatible y debe hacerse lugar al agravio de la demandada.

¿Cuáles son los fundamentos principales?


- El art. 1 de la ley 24.310 establece que la pensión graciable requiere una incapacidad producto del conflicto bélico.
- El art. 2 dispone que el beneficio es incompatible con otros beneficios otorgados por su participación en las acciones referidas y por su incapacidad.
- La jurisprudencia de la Corte Suprema establece que los jueces no pueden pronunciarse sobre el acierto o error, mérito o conveniencia de las soluciones legislativas.
- Las costas se imponen en ambas instancias en el orden causado, dada la complejidad de la materia y que el actor pudo pensar razonablemente que le asistía derecho.

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