BAYON JUAN MANUEL Y OTROS c/ MINISTERIO DE DEFENSA s/PERSONAL MILITAR Y CIVIL DE LAS FFAA Y DE SEG
Trabajadores militares y civiles de las FFAA y de Seguridad impugnan fallo que ordenó incorporar, liquidar y actualizar prestación de pasividad con carácter remunerativo y bonificable ciertos suplementos. La Cámara Federal de la Seguridad Social modifica el plazo de cumplimiento pero confirma lo sustancial del fallo de primera instancia.
Los actores, trabajadores militares y civiles de las FFAA y de Seguridad, promovieron demanda contra el Ministerio de Defensa a fin de que se incorporen, liquiden y actualicen a sus prestaciones de pasividad, con carácter remunerativo y bonificable, los suplementos establecidos en diversos decretos. El tribunal de primera instancia hizo lugar a la demanda y ordenó a la demandada que, en el plazo de 90 días, cumpla con lo reclamado. La parte demandada apeló el plazo de cumplimiento y la imposición de costas. La Cámara Federal de la Seguridad Social revocó parcialmente la sentencia apelada en cuanto al plazo de cumplimiento, ordenando que la demandada deberá efectuar la previsión presupuestaria correspondiente y acreditarla en la causa, de conformidad a lo establecido en la normativa aplicable para la cancelación de créditos provenientes de pronunciamientos judiciales que condenan al Estado Nacional. En lo demás, confirmó la sentencia apelada. La Cámara consideró que las normas de consolidación de créditos contra el Estado son de orden público y deben ser aplicadas de oficio por los jueces. Asimismo, impuso las costas de la alzada a la demandada vencida.
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