Incidente Nº 9 - QUERELLANTE: SANTELLAN, SERGIO LEANDRO Y OTROS IMPUTADO: DELGADO, JOSE MARIA Y OTROS s/INCIDENTE DE FALTA DE ACCION
La defensa oficial impugnó la decisión que no hizo lugar a la excepción de falta de acción para apartar a la Comisión Provincial por la Memoria de su rol de parte querellante. La mayoría de la Cámara Federal de Casación Penal revocó el pronunciamiento y ordenó la remisión de las actuaciones al tribunal de origen.
¿Quién es el actor?
Defensa oficial
¿A quién se demanda?
Comisión Provincial por la Memoria
¿Cuál es el objeto del reclamo?
Excepción de falta de acción para apartar a la Comisión Provincial por la Memoria de su rol de parte querellante
¿Qué se resolvió?
Por mayoría, la Cámara Federal de Casación Penal hizo lugar al recurso de casación, revocó la resolución y ordenó la remisión de las actuaciones al tribunal de origen.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
- La resolución impugnada no brindó argumentos suficientes para considerar que en el caso se verifique el requisito previsto legalmente en el art. 82 bis del CPPN sobre el cual se concluyó que la CPM se encontraba habilitada para constituirse como parte querellante.
- El tribunal previo extendió arbitrariamente la regulación normativa aplicable al caso, ya que conforme el art. 82 bis del CPPN, la constitución en parte querellante de las asociaciones o fundaciones ha quedado circunscripta a aquellos casos en los que se investiguen crímenes de lesa humanidad o graves violaciones a los derechos humanos, extremos sobre los cuales la sentencia recurrida no dio una argumentación suficiente, concreta y razonada.
- El juez Hornos, en disidencia, consideró que los hechos investigados configuran graves violaciones a los derechos humanos y que la CPM tiene legitimación para intervenir como querellante.
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