Recurso Queja Nº 107 - IMPUTADO: ALEGRE, MAX ALI s/INFRACCION LEY 23.737
Denegada la queja interpuesta por la defensa contra la decisión del tribunal oral que declaró su incompetencia para entender en la acción de hábeas corpus.
- Actor: La defensa particular de Max Ali Alegre
- Demandado: N/A
- Objeto de la demanda: Acción de hábeas corpus correctivo contra el traslado de Alegre al Complejo Penitenciario Federal N° 1 de Ezeiza
- Decisión del tribunal: El Tribunal Oral Federal N° 1 de San Martín se declaró incompetente y remitió las actuaciones al Juzgado Federal en lo Criminal y Correccional N° 1 de Morón. Alegre posteriormente desistió de la acción de hábeas corpus y aceptó el traslado. La Cámara Federal de Casación Penal no hizo lugar al recurso de queja interpuesto por la defensa contra la decisión de incompetencia, considerando que el desistimiento del beneficiario tornó abstracta la cuestión.
Fundamentos principales:
- La vía de hecho planteada por la queja no prospera, ya que para habilitar la instancia casatoria se requiere un agravio actual de tardía o imposible reparación, lo que no se verifica dado el desistimiento de la acción de hábeas corpus.
- La Cámara Federal de Casación Penal está llamada a intervenir en el proceso recursivo de la acción de hábeas corpus, pero en las particulares circunstancias del caso, con el desistimiento del accionante, corresponde no hacer lugar a la queja.
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