Recurso Queja Nº 3 - IMPUTADO: CENTORAMI , EDELMIRO GABRIEL Y OTRO s/CONTRABANDO ARTICULO 863 - CODIGO ADUANERO
La defensa de Baldasso y Centorami interpuso recurso de casación contra la resolución de la Cámara Federal de Apelaciones que declaró la nulidad de la homologación de un acuerdo. La Cámara Federal de Casación Penal no hace lugar a la queja por considerar que la resolución recurrida no es impugnable.
- Actor: María Verónica Baldasso Palacios y Edelmiro Gabriel Centorami
- Demandado: No se indica
- Objeto de la demanda: No se especifica, se trata de una causa penal
- Decisión del tribunal: La Cámara Federal de Casación Penal no hace lugar a la queja interpuesta por la defensa contra la resolución de la Cámara Federal de Apelaciones que declaró la nulidad de la homologación de un acuerdo.
- Fundamentos:
- La resolución recurrida no cumple con el requisito de impugnabilidad objetiva previsto en el art. 457 del CPPN, ya que no se trata de una sentencia definitiva ni de un auto que ponga fin a la acción, a la pena o haga imposible que continúen las actuaciones.
- El recurrente no logró demostrar un agravio actual de tardía o imposible reparación ulterior que le genere la decisión.
- Respecto a la imposición de costas, no se advierten motivos para apartarse del principio general fijado en el art. 531 del CPPN.
- El juez Carbajo emitió voto disidente, considerando que correspondía hacer lugar a la queja, declarar erróneamente denegado el recurso de casación y concederlo, sin costas.
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