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BENEFICIARIO: DIAZ, PEDRO GREGORIO s/HABEAS CORPUS

El condenado Pedro Gregorio Díaz interpuso recurso de casación contra la resolución que confirmó el rechazo de su acción de hábeas corpus. La Cámara Federal de Casación Penal ordenó la remisión de la causa al juzgado de origen para la sustanciación de la acción de hábeas corpus.

Tratamiento psicologico Debido proceso Derecho de defensa Privacion de libertad Habeas corpus Agravamiento de la detencion


- Actor: Pedro Gregorio Díaz, condenado
- Demandado: Tribunal Oral en lo Criminal Federal Nº 3
- Objeto: Acción de hábeas corpus contra la resolución que ordena la realización de un tratamiento psicológico al actor
- Decisión: La Cámara de Casación ordenó remitir la causa al tribunal de origen para la sustanciación de la acción de hábeas corpus, al considerar que se había afectado el debido proceso y el derecho de defensa del actor al impedirse la audiencia prevista en la ley 23.098. Fundamentos principales:
- La declaración de inconstitucionalidad de una disposición legal es un acto de suma gravedad que requiere demostrar de forma clara e indudable la repugnancia de la norma con la Constitución, lo que no se verificó en el caso.
- Sin embargo, la acción intentada por Díaz involucraba cuestiones relativas a su salud mental, por lo que constituía una situación susceptible de ser encuadrada en los supuestos de la ley 23.098, lo que ameritaba la realización de la audiencia oral prevista en dicha ley con la presencia obligatoria del amparado y su defensa.
- El apartamiento de estas reglas garantistas afectó el derecho de defensa del accionante, por lo que corresponde ordenar la remisión de las actuaciones al juzgado de origen para la sustanciación de la acción de hábeas corpus.

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