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Legajo Nº 15 - IMPUTADO: ANTÓN , JESUS HERMINIO Y OTROS s/LEGAJO DE CASACION

La Cámara Federal de Casación Penal rechazó el recurso de casación interpuesto por la defensa oficial contra la resolución que confirmó el cómputo de pena de los condenados por delitos de desaparición forzada.

Recurso de casacion Ley penal mas benigna Desaparicion forzada Libertad condicional Computo de pena Delito permanente


¿Quién es el actor?

Defensores oficiales de los condenados

¿A quién se demanda?

Tribunal Oral en lo Criminal Federal N° 1 de Córdoba

¿Cuál es el objeto del reclamo?

Cómputo de pena para acceder a la libertad condicional

¿Qué se resolvió?

Se rechazó el recurso de casación y se confirmó el cómputo de pena realizado por el tribunal de juicio, aplicando el plazo de 35 años establecido en el artículo 13 del Código Penal, según la ley 25.892, vigente al momento del último tramo de la conducta punible.

¿Cuáles son los fundamentos principales?


- La Cámara consideró que el criterio del tribunal de juicio se ajusta a la doctrina de la Corte Suprema sobre delitos permanentes, según la cual en estos casos se aplica la ley vigente al momento del último tramo de la conducta.
- Citó precedentes propios donde aplicó ese mismo criterio.
- Señaló que no se han aportado argumentos novedosos que permitan conmover esa doctrina.

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