Incidente Nº 6 - DENUNCIADO: MARTINEZ FRUGONI, MARCELO AMILCAR s/SUSPENSION DE PROCESO A PRUEBA
Tribunal Oral Penal Económico concedió la suspensión del juicio a prueba a la empresa Calorex S.A. y a su representante, pese a la prohibición legal. La Cámara de Casación anuló la decisión por considerar que la oposición fiscal era válida.
¿Quién es el actor?
Ministerio Público Fiscal
- Demandados: Calorex S.A. y Marcelo Amílcar Martínez Frugoni
¿Cuál es el objeto del reclamo?
Suspensión del juicio a prueba por delitos contra la seguridad social
¿Qué se resolvió?
Se hace lugar al recurso de casación interpuesto por el Ministerio Público Fiscal. Se casa la resolución que concedió la suspensión del juicio a prueba y se remite la causa a la instancia de origen.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
El tribunal consideró que el último párrafo del art. 76 bis del CP establece expresamente la prohibición de aplicar la suspensión del juicio a prueba para los delitos previstos en la ley 24.769 y sus modificatorias, como los imputados. Por lo tanto, la oposición fiscal al otorgamiento del beneficio era válida y resultaba vinculante para el tribunal.
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