Incidente Nº 13 - IMPUTADO: CHAVEZ , ARMANDO NICOLAS s/SANCIÓN EN UNIDAD CARCELARIA
El Tribunal Federal de Casación Penal anuló la sanción disciplinaria impuesta al interno Armando Nicolás Chávez por un miembro del Servicio Penitenciario Federal, al considerar que la autoridad competente para aplicar sanciones disciplinarias es el Director del establecimiento.
¿Quién es el actor?
Armando Nicolás Chávez, interno
¿A quién se demanda?
Servicio Penitenciario Federal
¿Cuál es el objeto del reclamo?
Recurso contra sanción disciplinaria de 10 días de exclusión de actividades deportivas impuesta por el Director de la Unidad Residencial 3 del Complejo Penitenciario Federal I de Ezeiza
¿Qué se resolvió?
El Tribunal Federal de Casación Penal anuló la sanción disciplinaria, considerando que la misma debió ser impuesta por el Director del establecimiento y no por un miembro del personal superior, ya que la ley de Ejecución Penal reserva dicha facultad al Director del establecimiento, salvo casos excepcionales de aislamiento provisional.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
- La ley 24.660 establece que el poder disciplinario sólo puede ser ejercido por el Director del establecimiento, quien tiene competencia para imponer sanciones. Sólo excepcionalmente un miembro del personal superior puede ordenar aislamiento provisional, dando inmediata intervención al Director.
- Las sanciones disciplinarias tienen consecuencias relevantes para el interno, por lo que deben ser dictadas por la autoridad competente para evitar arbitrariedades.
- La sanción impugnada fue aplicada por el Director de la Unidad Residencial sin fundamentar los motivos excepcionales que habilitaban esa facultad, contraviniendo la normativa.
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