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Legajo Nº 58 - QUERELLANTE: AFIP-DGI IMPUTADO: GALLINAL, JOSÉ LUIS Y OTROS s/LEGAJO DE CASACION

La AFIP-DGI interpuso recurso de casación contra el sobreseimiento de los imputados por asociación ilícita tributaria. La Cámara Federal de Casación Penal revocó el sobreseimiento y ordenó continuar con la sustanciación de la causa.

Recurso de casacion Derecho penal economico Asociacion ilicita tributaria Delito permanente Ley penal aplicable


¿Quién es el actor?

AFIP-DGI (querellante)
- Demandados: José Luis Gallinal y otros
- Objeto de la demanda: Asociación ilícita tributaria
- Decisión del tribunal: Se hace lugar al recurso de casación interpuesto por la AFIP-DGI, se revoca el sobreseimiento y se devuelve la causa para que continúe su sustanciación. Fundamentos principales:
- El delito de asociación ilícita tributaria es de carácter permanente, por lo que debe aplicarse la ley vigente al momento del último tramo de la conducta, y no la vigente al inicio de la ejecución.
- Conforme a la jurisprudencia de la Corte Suprema ("Rei" y "Jofre"), en los delitos permanentes que se prolongan en el tiempo, debe aplicarse la ley vigente al momento en que el sujeto activo continúa o mantiene voluntariamente la conducta ilícita.
- Por lo tanto, corresponde aplicar la ley 24.769, modificada por la ley 25.874 que incorporó el tipo de asociación ilícita tributaria, dado que las acciones perduraron hasta el 2014.

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