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Principal en Tribunal Oral TO01 - IMPUTADO: LORENZO, FRANCO NICOLAS Y OTRO s/SECUESTRO EXTORSIVO

La defensa cuestionó el cómputo de pena que no consideró el tiempo que el condenado estuvo excarcelado. La Cámara Federal de Casación Penal anuló la decisión y ordenó recalcular el cómputo incluyendo dicho período.

Equidad Principio pro homine Libertad condicional Excarcelacion Computo de pena


¿Quién es el actor?

Defensa Pública Oficial

¿A quién se demanda?

Rodrigo Nicolás Arce

¿Cuál es el objeto del reclamo?

Cómputo de pena

¿Qué se resolvió?

Se hizo lugar al recurso de casación, se anuló la resolución impugnada y se ordenó recalcular el cómputo de pena incluyendo el período en que Arce estuvo excarcelado.

¿Cuáles son los fundamentos principales?


- La defensa argumentó que el tiempo que Arce estuvo excarcelado debe considerarse a los fines del cómputo de pena, en aplicación del principio pro homine y de equidad, equiparándolo al tiempo de restricción de la libertad.
- La Cámara consideró que la excarcelación no es asimilable a la libertad condicional, ya que ambos institutos tienen distinta naturaleza y requisitos. Sin embargo, sostuvo que el período de excarcelación debe computarse a los fines de establecer el vencimiento de la pena, en consonancia con la jurisprudencia de la Sala.

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