Recurso Queja Nº 36 - IMPUTADO: ORUE, VERONICA MARIA DE LOS ANGELES s/ASOCIACION ILICITA y INFRACCION ART. 303 INC. 2 A
La defensa oficial de Verónica María de los Ángeles Orué interpuso recurso de casación contra la decisión de no hacer lugar a la petición de devolución de vehículos. La Cámara Federal de Casación Penal rechazó el recurso al considerar acreditado el origen ilícito de los bienes.
¿Quién es el actor?
Verónica María de los Ángeles Orué (a través de su defensa oficial)
¿A quién se demanda?
No aplicable
- Objeto de la demanda: Devolución de vehículos Toyota Hilux y Ford Eco Sport registrados a nombre de Orué
- Decisión del tribunal: Rechazar el recurso de casación interpuesto por la defensa de Orué
¿Cuáles son los fundamentos principales?
- El tribunal de origen concluyó en la improcedencia de la restitución de los vehículos al considerar acreditado su origen ilícito en el marco de una actividad de lavado de activos vinculada al narcotráfico.
- El decomiso tiene características "in rem" que se relacionan con el origen espurio de los bienes, por lo que puede proceder incluso respecto de terceros que se hayan beneficiado a título gratuito, en la medida que se encuentre acreditada la ilicitud.
- Los elementos de juicio valorados por el tribunal fueron suficientes para concluir en la ilicitud de los bienes y el significativo salto patrimonial entre las actividades formales declaradas por los condenados y los bienes secuestrados.
- Los instrumentos internacionales suscriptos por el Estado Argentino imponen el deber de realizar acciones concretas para lograr el decomiso de bienes de origen ilícito.
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