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Legajo Nº 15 - IMPUTADO: BERTOLINO, WENCESLAO CLAUDIO Y OTRO s/LEGAJO DE CASACION

El Tribunal Oral en lo Criminal Federal de Santa Fe condenó a Wenceslao Claudio Bertolino y Ricardo Carrouché por delitos cometidos en el marco del terrorismo de Estado. La Cámara Federal de Casación Penal confirmó las condenas.

Prueba testimonial Plazo razonable Imprescriptibilidad Terrorismo de estado Crimenes de lesa humanidad Responsabilidad penal Pena proporcional

Impugnaron las condenas por delitos de lesa humanidad dictadas en su contra

¿Qué se resolvió?

La Cámara Federal de Casación Penal rechazó los recursos de casación interpuestos por las defensas Los principales fundamentos de la decisión son:
- Los hechos fueron correctamente calificados como crímenes de lesa humanidad, que son imprescriptibles.
- No se afectó el derecho de los acusados a ser juzgados en un plazo razonable.
- La incorporación por lectura de testimonios de las víctimas fue válida.
- La prueba acreditó la responsabilidad penal de los acusados.
- Las penas impuestas se ajustan a la gravedad de los delitos cometidos.
- Se rechazó la inconstitucionalidad alegada respecto de las accesorias previstas en los arts. 12 y 19 inc. 4 del CP.

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