Legajo Nº 28 - QUERELLANTE: AFIP DGA s/LEGAJO DE CASACION
La querella impugnó la sentencia que condenó a los imputados por tráfico de estupefacientes, argumentando que los hechos debieron subsumirse en el delito de contrabando calificado. La Cámara Federal de Casación Penal declaró inadmisible el recurso, al considerar que la sentencia se ajustó al acuerdo de juicio abreviado.
¿Quién es el actor?
Querella (ARCA)
- Demandados: Emilio Juan Ángel Villalba Cabrera, Lilian Noemí Jara Cabrera y Emanuel Maximiliano Peralta
- Objeto de la demanda: Cuestionar la subsunción de los hechos en el delito de tráfico de estupefacientes en lugar del delito de contrabando calificado.
- Decisión del tribunal: La Cámara Federal de Casación Penal declaró inadmisible el recurso de casación interpuesto por la querella. Consideró que la sentencia se ajustó al acuerdo de juicio abreviado celebrado entre las partes y no se advirtió arbitrariedad ni apartamiento de las normas aplicables.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
- El tribunal señaló que la exigencia típica de la clandestinidad en el delito de contrabando no se cumplía, dado el "flagrante desconocimiento" y la ausencia de "sofisticación en la maniobra empleada" por los imputados.
- Destacó que el fiscal mantuvo la calificación de tráfico de estupefacientes, la cual fue convalidada por la Alzada local al revisar el auto de mérito.
- Consideró que la impugnación contra las sentencias derivadas del juicio abreviado no puede prosperar, salvo que la voluntad del condenado se haya viciado, haya existido un apartamiento de imperativos legales o un irrazonable desajuste entre lo pactado y lo resuelto.
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