Incidente Nº 3 - IMPUTADO: SURITA, SEBASTIAN EZEQUIEL s/INCIDENTE DE EXCARCELACION
La Cámara Nacional de Casación en lo Criminal y Correccional modificó la resolución que fijaba una caución real excesiva para la excarcelación de los imputados, estableciendo una caución personal razonable que refleja su situación económica.
- Actores: Sebastián Ezequiel Surita y Rodrigo Ezequiel Talavera (imputados)
¿A quién se demanda?
N/A (recurso de casación)
¿Cuál es el objeto del reclamo?
Incidente de excarcelación de los imputados
¿Qué se resolvió?
La Cámara hizo lugar al recurso de casación, casó la resolución recurrida y fijó una caución personal de $10.000 para cada imputado.
Los fundamentos principales de la decisión fueron:
- El tribunal a quo fijó una caución real de $800.000 sin considerar la situación económico-social de los imputados y de sus grupos familiares, que se describieron como de relativa vulnerabilidad económica.
- Esto contraviene el artículo 320 del CPPN, que establece que no pueden imponerse cauciones de imposible cumplimiento.
- Una caución de $10.000 se considera razonable y suficiente para garantizar la sujeción de los imputados al proceso, dadas sus condiciones.
- El juez Huarte Petite tuvo una disidencia parcial, considerando que una caución de $75.000 sería más adecuada dado que los grupos familiares cuentan con ciertos bienes.
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