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IMPUTADO: CLANCY, GUILLERMO s/ABUSO SEXUAL - ART. 119 2° PARRAFO, ABUSO SEXUAL - ART. 119 3° PARRAFO y VIOLACION SEGUN PARRAFO 4TO ART.119 INC B) DENUNCIANTE: COBAS, MARIA FLORENCIA Y OTROS

La Cámara Nacional de Casación en lo Criminal y Correccional revocó la decisión de la Cámara de Apelaciones que había declarado prescripta la acción penal y sobreseído al imputado por abusos sexuales a una menor, al considerar que no se analizó integralmente el marco normativo vigente al momento de los hechos que otorgaba protección especial a las víctimas menores de edad.

Interes superior del nino Prescripcion Tutela judicial efectiva Abuso sexual Menor de edad Convencion sobre los derechos del nino Proteccion especial a victimas vulnerables


¿Quién es el actor?

Fiscal General y Querella

¿A quién se demanda?

Guillermo Santiago Clancy

¿Cuál es el objeto del reclamo?

Abuso sexual agravado contra una menor de edad

¿Qué se resolvió?

La Cámara de Casación revocó la decisión de la Cámara de Apelaciones que había declarado prescripta la acción penal y ordenó que continúe la investigación. Los fundamentos principales fueron:
- En el momento de los hechos (1988-1993) ya regía la Convención sobre los Derechos del Niño, incorporada al ordenamiento interno, que establece la obligación del Estado de proteger especialmente a los menores víctimas de delitos.
- El plazo de prescripción no puede empezar a correr mientras la víctima es menor de edad, dada su situación de vulnerabilidad.
- Si bien la acción penal prescribió por aplicación de la ley vigente al momento, se debe habilitar una instancia jurisdiccional para que la víctima pueda acceder a la determinación de la verdad de los hechos que denuncia.

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