Recurso Queja Nº 2 - s/DEFRAUDACION POR ADMINISTRACION FRAUDULENTA, FALSEDAD IDEOLOGICA y USURPACION (ART.181 INC.1)
El querellante promovió recurso de casación contra la decisión que denegó su recurso de casación previo. La Cámara Nacional de Casación declaró improcedente este nuevo recurso.
¿Quién es el actor?
Manuel Jesús Condori (querellante)
¿A quién se demanda?
No aplicable
¿Cuál es el objeto del reclamo?
Recurso de casación contra decisión que denegó el recurso de casación previo interpuesto por el querellante.
¿Qué se resolvió?
La Cámara Nacional de Casación declaró improcedente el recurso de revisión presentado por el querellante, ya que el recurso de revisión previsto en el art. 479 del CPPN procede únicamente a favor del condenado.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
- El recurso de revisión previsto en el art. 479 del CPPN procede únicamente a favor del condenado, por lo que el recurso presentado por el querellante contra la denegación de su recurso de casación previo es improcedente.
- La jueza Patricia M. Llerena participó de la deliberación por medios electrónicos pero no suscribió la presente por no encontrarse en la sede del tribunal, de acuerdo a las Acordadas 4/2020 y 12/2020.
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