Principal en Tribunal Oral TO01 - IMPUTADO: PIROSANTO, NESTOR NICOLAS Y OTROS s/DEFRAUDACION POR RETENCION INDEBIDA y DEFRAUDACION POR ADMINISTRACION FRAUDULENTA
La defensora interpuso recurso de casación contra la regulación de honorarios de la letrada querellante. La Cámara Nacional de Casación rechazó el recurso y confirmó la resolución recurrida.
Recurso de casación contra la resolución que reguló los honorarios profesionales de la letrada de la querella en $158.280 (60 UMAs)
¿Qué se resolvió?
La Cámara Nacional de Casación rechazó el recurso de casación y confirmó la resolución recurrida.
Los principales fundamentos de la decisión fueron:
- El art. 19.A de la Ley 27.423 es de aplicación obligatoria para establecer las Unidades de Medida Arancelaria, más allá de que no fuese mencionado expresamente en el pedido de regulación.
- La consideración de la actuación de la letrada en las etapas de instrucción y juicio no impide adicionar otras tareas profesionales previstas en la ley.
- La regulación de 60 UMAs (equivalente a $158.280) no resulta excesiva, pues constituye apenas 2 UMAs más que el mínimo de 58 UMAs correspondiente.
- El agravio de la defensa sobre vulneración de derechos resulta infundado.
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